CalendarioHábil

Calculadora de plazos judiciales

Calcula el vencimiento de un plazo procesal en días hábiles con agosto, el periodo del 24 de diciembre al 6 de enero y los festivos del partido judicial, en lo civil, penal, contencioso y social.

Unidad

Herramienta orientativa para profesionales y particulares. Cubre del 13 de octubre de 2026 al 31 de diciembre de 2027.

Días inhábiles a efectos procesales

InhábilNormaExcepciones
Sábados, domingos y festivos nacionales, autonómicos y localesArt. 182 LOPJ, art. 130.2 LECInstrucción penal
Todo el mes de agostoArt. 183 LOPJ, art. 130.2 LEC, art. 128.2 LJCA, art. 43.4 LRJSActuaciones urgentes, instrucción penal, derechos fundamentales y las modalidades sociales del art. 43.4 LRJS
Del 24 de diciembre al 6 de eneroArt. 183 LOPJ (Ley Orgánica 14/2022), art. 130.2 LEC, art. 43.4 LRJSLas mismas que agosto

Cómo se cuentan

Plazos procesales más habituales

TrámitePlazoNorma
Civil: contestar la demanda (juicio ordinario)20 días hábilesArt. 404 LEC
Civil: contestar la demanda (juicio verbal)10 días hábilesArt. 438 LEC
Civil: oponerse a un monitorio o pagar20 días hábilesArt. 815 LEC
Civil: oponerse a la ejecución10 días hábilesArt. 556 LEC
Civil: recurso de reposición5 días hábilesArt. 452 LEC
Civil: recurso de apelación20 días hábilesArt. 458 LEC
Civil: recurso de casación20 días hábilesArt. 479 LEC
Social: demanda o papeleta por despido20 días hábiles; agosto cuenta (la papeleta de conciliación suspende el plazo)Art. 59.3 ET y art. 103 LRJS
Social: recurso de reposición (juzgado)3 días hábiles (5 si es un tribunal)Art. 187 LRJS
Social: anunciar el recurso de suplicación5 días hábilesArt. 194 LRJS
Contencioso: recurso contra un acto expreso2 meses, de fecha a fecha; agosto no correArts. 46 y 128.2 LJCA
Contencioso: recurso de reposición5 días hábilesArt. 79 LJCA
Contencioso: recurso de apelación15 días hábilesArt. 85 LJCA
Penal: recurso de reforma3 días hábilesArt. 211 LECrim
Penal: apelación de la sentencia (procedimiento abreviado)10 días hábilesArt. 790 LECrim

Pulsa un trámite para calcular su vencimiento contando desde hoy. Los plazos son los generales: si la notificación o la resolución indica otro, manda la notificación.

Debajo del resultado puedes ver el cómputo día a día, con el motivo de cada día que no cuenta (fin de semana, festivo, agosto o Navidad), y guardar el vencimiento en tu calendario con un aviso dos días antes.

Para plazos de la Administración (recursos de alzada, alegaciones…) usa la calculadora de plazos administrativos: ahí agosto sí es hábil.

Preguntas frecuentes

¿Agosto es hábil para los plazos procesales?

No, salvo excepciones. El artículo 183 de la LOPJ declara inhábiles los días de agosto para todas las actuaciones judiciales, excepto las urgentes. En lo social son hábiles para despidos, modificaciones sustanciales, vacaciones, conciliación, conflictos colectivos y derechos fundamentales (art. 43.4 LRJS), y en lo contencioso para el procedimiento de derechos fundamentales (art. 128.2 LJCA).

¿Del 24 de diciembre al 6 de enero corren los plazos judiciales?

No. Desde la Ley Orgánica 14/2022, todos los días del 24 de diciembre al 6 de enero, ambos incluidos, son inhábiles en todas las jurisdicciones, con las mismas excepciones que agosto.

¿Hasta qué hora puedo presentar un escrito el último día?

Hasta las 24:00 del día del vencimiento (art. 133.1 LEC) y, además, hasta las 15:00 del día hábil siguiente (art. 135.5 LEC).

¿Qué día se entiende notificado algo por LexNET?

Los actos de comunicación por el servicio del Colegio de Procuradores se tienen por realizados el día hábil siguiente a la recepción (art. 151.2 LEC). Si el destinatario no accede en tres días hábiles, la notificación se entiende hecha (art. 162.2 LEC).

¿Los festivos locales del juzgado son inhábiles?

Sí. Son inhábiles los sábados, domingos, los festivos nacionales y los festivos laborales de la comunidad autónoma o localidad del órgano judicial (art. 182 LOPJ).

¿Cómo se cuenta el plazo de dos meses del recurso contencioso-administrativo?

De fecha a fecha desde el día siguiente a la notificación, pero agosto no corre (art. 128.2 LJCA): si el plazo lo atraviesa, termina un mes más tarde.